Luz

RSS

G Plus

Facebook

Twitter

Una guía básica para la mujer
26/12/2019

Sin categoría

Violencia de género: Cada palabra en su lugar

Columna del Dr. Leonardo L. Calabrese, especialista en Derecho Penal y Criminología. Una guía con lo que tenés que saber sobre cada concepto.

A causa de las alarmantes condiciones y situaciones de vida de muchas mujeres adultas, niñas y niños en todo el mundo, y de las flagrantes violaciones a sus derechos, se vino desarrollando una concepción de los Derechos Humanos, teniendo en cuenta su especificidad, con la intención de contribuir a una real protección general, basada en el principio de la
pluralidad, el respeto a las diferencias, y a la diversidad. Por ello, ha existido un movimiento internacional que tiene por objeto elno permanecer indiferente, frente a las situaciones de violencia que padecen miles de mujeres adultas, adolescentes y niñas sometidas a maltrato, abuso en el seno de su propio hogar, en sus lugares de trabajo y en la
comunidad.

A fin de abordar la temática, debemos como sociedad conocer en primer término los conceptos básicos de los llamados “derechos de igualdad y de no discriminación”, que son considerados “atributos de cada persona por el simple hecho de ser humano y humana”, y los estados tienen la obligación de: reconocerlos, garantizarlos, promoverlos y protegerlos sin
discriminación.

En primer lugar, ¿qué significa el concepto de Igualdad? Implica que a todas las personas y grupos de personas se les reconozcan: iguales derechos, igual protección de la ley, igual protección de los tribunales, de justicia, igualdad de oportunidades.

En segundo lugar, dilucidar qué es la discriminación. “…Toda distinción, exclusión, o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad entre el hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o de cualquier otra esfera”, según la definición establecida por el Art. 1 CEDAW.-

Conceptos: “género” y “violencia”

Vislumbrados los Derechos Humanos naturales a cada ser humano, es importante también establecer conceptos que luego utilizaremos a diario. Qué significa la palabra de moda, “género”. Género es una construcción cultural de lo femenino y lo masculino en un determinado contexto y tiempo histórico. En palabras simples, cuando hablamos de género estamos
hablando del conjunto de características, roles, jerarquías, actitudes, valores y símbolos que cada cultura atribuye e impone a cada sexo como su “deber ser”.

Enfatiza el carácter social de las diferencias y, tal y como están estructuradas la gran mayoría de las sociedades actuales, se dan relaciones desiguales que suponen una relación de poder asimétrica de lo
masculino sobre lo femenino.

“Género” no significa “sexo”, ya que este solo obedece a un concepto biológico del hombre y de la mujer.

Ahora, qué es la «violencia”. Es una expresión exacerbada del poder que una persona o un grupo de personas ejerce o pretende ejercer sobre otra/s y que tiene como propósito causar daño.

Tiene siempre la intencionalidad de lograr que la/s persona/s víctimas del acto violento hagan algo o impedir que lo hagan, lograr que entiendan algo, que aprendan una lección con el fin de que quienes reciben los actos violentos actúen de determinada manera en el futuro, por lo tanto, es un mecanismo de control social. La violencia se traduce en actuaciones o amenazas de actuación (incluso omisiones), que tienen como propósito provocar daño en una persona.


La violencia de género. ¿Es violencia contra la mujer? Diríamos que sí, porque este tipo de violencia, tiene profundas raíces histórico culturales basadas en la creencia de la superioridad de lo masculino, generador de privilegios para ese sexo y manteniendo al femenino subordinado.Se ha dicho que “la violencia tiene género: porque las víctimas de violencia familiar, de delitos contra la integridad sexual, de la trata de
personas con fines de explotación sexual, son mayoritariamente mujeres”. En la violencia basada en el género se hace muy visible la existencia de relaciones de poder asimétricas, dado que el patriarcado exige y sostiene una clara jerarquización de los sexos. -Valoramos para conceptualizar Instrumentos internacionales como CEDAW y Belem do Pará-

Qué dice el derecho

¿Qué establece nuestro derecho sobre esta problemática?
Fundamentalmente, el acceso a la Justicia, que tiene diferentes características:

 El acceso a la Justicia es un derecho humano fundamental y es la vía a través de la cual se puede reclamar protección judicial para el cumplimiento de otros derechos humanos cuando éstos son violados. Permite garantizar los derechos de todos y la igualdad ante la ley.
 El acceso a la Justicia requiere de un sistema de garantías que permita su pleno ejercicio.
 En el caso de la violencia de género y de la doméstica concretamente, muchas veces el acceso de las mujeres víctimas a la justicia se ve obstaculizado por diversos factores. La cultura patriarcal que opera a través de mitos y prejuicios en muchos operadores de la justicia provoca la minimización de la gravedad del problema y deja de lado
medidas pertinentes.
 Las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condiciones de Vulnerabilidad, tienen por objetivo garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de las mujeres y los niños consideradas específicamente como vulnerables. Consecuentemente pretender el cumplimiento de un pleno acceso a la justicia de estos vulnerables supone contar con herramientas fundamentales y mecanismos adecuados.

Herramienta imprescindible es entender y conocer a fondo el tema de la violencia, su complejidad y multicausalidad, sus ciclos perniciosos, sus efectos y principalmente los padecimientos y reacciones de la mujer víctima, como la baja autoestima, la angustia, la culpa, la depresión, la codependencia con el agresor, que en las más de las veces motivan la
retractación y el retiro de las denuncias.

El develamiento de la situaciones de violencia es un proceso interno y doloroso para la víctima, de allí la necesidad de sostener su empoderamiento cuando ha dado ese primer paso fundamental que es denunciar, ofreciéndoles confianza en la justicia.

Los operadores judiciales del derecho confluyen cotidianamente con tipos penales (delitos) donde la violencia de género e intrafamiliar se encuentra presente, como el de amenazas, lesiones, delitos contra la integridad sexual, tentativa de homicidio, desobediencias a restricciones perimetrales.

Dr. Leonardo L. Calabrese
Especialista en Derecho Penal y Criminología UNLZ. Especializado en cuestiones de Género
. MN: Mat provincial CALZ T XIX F 71

 

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.